lunes, 30 de marzo de 2020
30 de marzo de 2020
San Julio
Hola a todos, terminamos con este tema:
La institucionalización del régimen
El general Franco era reacio a fijar y detallar la organización del régimen, al fin y al cabo
desde su nombramiento en octubre de 1936 su poder era casi absoluto y se opuso
firmemente a una constitución que recordarse al período liberal. Cuando se
decidió a institucionalizar su gobierno personal fue en respuesta a
acontecimientos externos y a las presiones de quienes querían asegurar la
continuidad del franquismo en España. Se fueron promulgando una serie de leyes
a medida que la necesidad así lo exigí:
El Fuero del trabajo,
tenéis un fragmento en el documento 10 (8 del libro viejo), fue promulgado en
1938, en plena guerra civil, estaba inspirado en la Carta del lavoro italiana; articulaba las relaciones laborales en
sus diferentes aspectos y establecía los fundamentos sobre los que se
organizaría la economía del nuevo estado. En él se establece la prohibición del
trabajo nocturno para mujeres y niños, vacaciones retribuídas (la paga del 18
de julio, - que hoy es la extra de verano, y la de navidad), el régimen de la
Seguridad Social, etc, además de la creación del sinsicato único.
La ley de creación de
las Cortes, en el doc 15 (13 del libro viejo), promulgada en 1942,
respondía al concepto corporativo de representación como ya explicamos
anteriormente
Fue modificada por la Ley
orgánica del Estado de 1967 (aprobada por referendun de todos los
ciudadanos mayores de 21 años), que introdujo nuevos derechos y limitó
mínimamente el poder de Franco. Es entonces cuando Jefatura del Estado y
Jefatura del Gobierno se separa y es nombrado jefe del gobierno el almirante
Carrero Blanco, ya sabéis…
El Fuero de los Españoles, aprobado en 1945
tras el final de la segunda guerra mundial, fue un intento de maquillar el régimen ante las exigencias democráticas de los vencedores. Solo en apariencia era una declaración de derechos, en realidad el texto proponía un sistema político autoritario con derechos limitados y protección social. Tenéis un fragmento en el doc.12 del libro (10 del libro viejo). El mismo año el Fuero de los Españoles fue completado por la Ley del Referendum que pretendía mostrar que en España estaba reconocido el sufragio universal y que la des decisiones las tomaba el pueblo español el referendum es una institución de los regímenes populistas). Esta ley establecía que los españoles podían ser consultados individualmente en forma de plebiscito nacional, siempre por decisión de Franco y para preguntar sobre ciertas cuestiones de estado.
Dos años más tarde, y aprobada en referendum, se promulgó la Ley de Sucesión , que declaraba a España como reino de acuerdo con su tradición monárquica y Franco se ratificaba como jefe del estado con derecho a nombrar a su sucesor.
En 1958 Franco promulgó la Ley de Principios del Movimiento Nacional, que suponía la incorporación institucional de la doctrina falangista y el reconocimiento de FET de las JONS como único partido. Como podéis ver en el documento 7 (5 en el libro viejo) la nueva doctrina era una extraña mezcla entre el ideario de Falange y el conservadurismo católico. En ella se explicita la participación orgánica en la vida política, el catolicismo de estado, el intervencionismo del Estado, etc. Para velar por el mantenimiento e integridad de estos principios se creó el Consejo Nacional del Movimiento.
Tenéis un resumen de estas leyes, y su clasificación según se trate de leyes orgánicas (que organizan la sociedad) o leyes dogmáticas (los principios ideológicos por los que se ha de regir esa sociedad) en la página 363 (349 del libro viejo). También tenéis dos esquemas muy útiles de como se organizaba el estado franquista en los documentos 16 y 17 (14 y 15 del libro viejoooooo)
Hasta mañana
viernes, 27 de marzo de 2020
27 de marzo San
Alejandro
Corporativismo, nacionalcatolicismo, centralismo y
militarismo son las principales características de ese régimen dictatorial, en
el que el jefe del estado, también jefe del gobierno hasta finales del período,
tenía plenos poderes.
Hay otras características, como las que podéis ver en
vuestro libro que o bien no son
relevantes o no es que sean propias del franquismo. Me refiero, por ejemplo a
la situación de la mujer. A imitación de lo que ocurría en los países fascista
la Sección Femenina de FET de las
JONS dejaba a la mujer en una situación subordinada con respecto al hombre,
algo parecido a las famosas KKK del Tercer Reich. Durante todo el período
incluso abrir una cuenta bancaria era accesible al cabeza de familia, que era
el hombre (las mujeres solteras o viudas naturalmente sí podían). Pero no hay
que olvidar que la sociedad española era ya machista, al igual que los países de nuestro entorno, ya antes del
franquismo. Lo que intentó hacer la Sección Femenina (dirigida por Pilar Primo
de Rivera) fue institucionalizar ese machismo. Intento vano a medida que el
país se fue desarrollando, ya en los años 60 las mujeres accedía al mundo laboral
y universitario con total normalidad.
Tan solo el derecho a tener una cuenta en el banco sin ser cabeza de familia se consiguió el morir el dictador. Por lo que el machismo, más que una característica del franquismo, sería una característica del pasado.
La España de Franco también fue en cierta manera un régimen nacional populista. Esto es, establecía una clara distinción entre países de intereses egoístas y pérfidas intenciones (la pérfida Albión - Reino Unido, la conjura judeomasónica internacional) frente a una España de hombre sanos y honestos. Ello ocurría cuando la comunidad internacional se posicionaba en contra del régimen (veto a entrar en la ONU, embargo comercial...), cuando era así el régimen apelaba al sentir popular y convocaba multitudinarias manifestaciones de apoyo que acavaban vitoreando al caudillo en la Plaza de Oriente. No es que fuera Franco o el gobierno quienes convocaran a la gente, esos actos de propaganda eran convocados pot organizaciones relacionada con el sistema. corporaciones profesionales, el SEU (Sindicato de Estudiantes Universitarios), etc
¡Anda! ¿A qué me suena esto?
¿Con qué bases sociales contó el régimen para perpetuarse?
La represión, la prensa a su disposición ( nada nuevo) contribuyeron a que el franquismo durara 36 años, pero sin importantes apoyos institucionales y sociales eso no sería posible. El franquismo no sería posible sin un apoyo social bastante más grande del que creían sus opositores, al fin y al cabo ... ..Franco murió en la cama...Falange, ejército e iglesia fueron los tres pilares institucionales que sostuvieron el régimen.
Falange: Franco no era falangista, pero el partido le habría de ser de gran utilidad, una vez muerto Jose Antonio, pudo contar con un partido - del que era jefe supremo- que le proporcionaba un medio de control ideológico de la población y cuadros para sus gobiernos.
Iglesia: de la Iglesia ya hablamos, Iglesia y Estado eran inseparables y se alimentaban el uno al otro, la iglesia legitimando el régimen ante las clases populares a cambio de privilegios educativos y económicos. No será hasta los últimos años cuando la iglesia comience a marcar distancias. A ver, tenéis que pensar que si la iglesia lleva dos mil años ahí es porque de tonta no tiene un pelo, cuando ve cambios ella cambia.
El ejército- la presencia de militares en los gobiernosde Franco fue abundante hasta 1945, a partir de entonces los militares fueron sustituídos por funcionarios adictos. Aún así siempre estuvo presente la influencia del ejército en el régimen. Franco era un militar y el ejército le fue fiel hasta el final.
Hasta mañana y cuídaos mucho
jueves, 26 de marzo de 2020
26 de marzo San
Braulio
Hola.
Vamos a continuar hablando de las carácterísticas del
régimen franquismo.
Concretamente con ese rasgo que más le puede acercar a lo
que entendemos por fascismo, pues los anteriores los puede compartir con
cualquier régimen autoritario, y que además explica la organización del estado
franquista, el corporativismo.
Empezamos por ver este documento que hay en el libro, el 14
(12 del libro viejo):
Todos coñecemos, especialmente os que xa somos vellos,
a ficción dos partidos políticos, nos que a relación entre representantes e
representados se limitaba á elección entre varios nomes que os comités dos
partidos presentaban e que, case na totalidade dos casos, os electores descoñecían;
pero que unha vez lograda a investidura obraban ao seu antollo, sen ter en
conta os intereses e a vontade dos votantes. A isto opoñemos nós a nosa
democracia orgánica, na que a representación se fai a través da familia, do
concello e do sindicato, nos que o home vive e se encadra, e na que os elixidos
manteñen o vínculo coa asociación que o designou sen que poidan traizoar os
(...) intereses dos representados (...). Pero con isto non nos basta (...).
Consideramos necesario que a democracia sexa cousa viva, que todos participen
na cousa pública, de aí eses congresos periódicos económicosindicais
provinciais nos que, en consello aberto, debaten os problemas da provincia e
onde as aspiracións atopan unha canle para a súa elevación directa aos poderes
públicos (...). E aínda temos máis: existe (...) a institución do referendo,
pola que se someten á aprobación do país as súas leis fundamentais (...). Poderá
gustar ou non gustar fóra o que en España temos, pero é incomparablemente máis
democrático en esencia e na práctica que os outros sistemas (...). E se miramos
aos seus efectos, pode alguén negar o seu éxito? Vinte e tres anos de paz
ininterrompida, de progreso económico e de fortaleza.
Francisco FRANCO.
Discurso na inauguración do Hospital Provincial de Valencia. 18-6-1962
¿Qué vemos en este documento? En primer lugar, en las
primeras líneas Franco está deslegitimando los sistemas parlamentarios
liberales, hace una interpretación de su funcionamiento que describe como “partitocracia”,
término que emplea de forma despectiva pues, según él, el funcionamiento de los
sistemas parlamentarios liberales pone el poder en manos de los partidos,
organizaciones únicamente atentas a la defensa de sus intereses.
¿A qué te recuerda eso?... mira el documento 16 del tema
anterior (15 del libro viejo)
Sí, son las mismas ideas de Jose Antonio Primo de Rivera,
los dos son profundamente antiliberales y también antisocialistas..
Frente al liberalismo y al socialismo, Franco (al igual que
Jose Antonio y al igual que Mussolini) defiende una concepción corporativa del
estado –el corporativismo ya era una
teoría existente en el siglo XIX, no fue un invento de Mussolini –en donde la
representatividad de la sociedad no recaía ni en partidos ni en individuos,
sino en aquellas instituciones que para el pensamiento franquista formaban
parte intrínseca de la sociedad, a saber: la familia, los municipios y el
sindicato.
A esta fórmula, como dice en el documento,Franco la denomina
democracia orgánica.
Así, durante la dictadura
franquista existió un órgano representativo, las Cortes formadas por los
llamados procuradores que podían ser
elegidos por el tercio familiar: dos representantes de la familia por cada
provincia, elegidos por quienes figuren en el Censo Electoral de Cabezas de
Familia y por las mujeres casadas.Lla mayoría de edad se establecía, con
distintos efectos según la situación familiar, para los varones a los 21 años y
para las mujeres a los 25,6 aunque en los referéndums sí tenían derecho al
voto «todos los hombres y mujeres de la nación mayores de veintiún años.7 Hubo
elecciones para cubrir esa fracción de los procuradores en Cortes en 1967 y
1971, antes eran designados por Franco, como veis en este texto (15).
Art.1. As Cortes son o
órgano superior de participación do pobo español nas tarefas do Estado. É misión
principal das Cortes a preparación e elaboración das leis, sen prexuízo da
sanción que corresponde ao Xefe do Estado. Art.2. As Cortes compóñense de
Procuradores natos e electivos, a saber: a) Os ministros. b) Os conselleiros
nacionais de FET e das XONS. c) O Presidente do Consello de Estado (...). d) Os
representantes dos Sindicatos Nacionais (...). e) Os Alcaldes das cincuenta
capitais de provincia, os de Ceuta e Melilla e un representante polos demais
Municipios de cada provincia designado a través da Deputación respectiva. f) Os
Reitores das Universidades. g) O Presidente do Instituto de España (...). i)
Aquelas persoas que pola súa xerarquía eclesiástica, militar, administrativa ou
social ou polos seus relevantes servizos a España, designe o Xefe do Estado, en
número non superior a cincuenta.
Lei de creación das
Cortes Españolas. 17-7-1942
Los procuradores por el tercio municipal eran elegidos por
los alcaldes franquistas entre ellos, y algo semejante ocurría con los
procuradores pertenecientes al tercio sindical.
Como veis en el documento, las Cortes fueron creadas por ley
en 1942 y sus miembros eran elegidos por el dictador o pertenecían por razón de
los cargos que aparecen en el texto. Tenían además únicamente un carácter
consultivo, que no servían para nada, salvo para dar el pego.
La Ley Orgánica del
Estado de 1967, introdujo la división en tercios y el procedimiento electoral y
, en teoría, limitaba el poder del dictador. En teoría porque al fin y al cabo
el método de elección de los procuradores daban como resultado siempre unas
Cortes fieles al régimen..
La concepción corporativa de la nación excluía , por tanto,
a los partidos políticos, que fueron ilegalizados, existiendo tan solo Falange
Española Tradicionalista de la JONS, (al que no era obligatorio pertenecer)
comopartido para articular el régimen.
Lo mismo ocurrió con los sindicatos, considerados a los
sindicatos de clase un elemento disgregador de la sociedad, fueron eliminados y
sustituídos – Ley de Unidad Sindical de 1940- por el Frente Sindical del
Trabajo, integrado tanto por trabajadores como por patronos y directivos (como
ELA/STV o CIG), estaba jerárquicamente organizado bajo la supervisión del
Ministerio de Trabajo y dividido en diferentes secciones según actividad.
Os dejo con el NO-DO de un hermoso verano de 1943 en Barcelona
Cuídaos
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